martes, febrero 02, 2021

Ley montero injusta y feminazi.

 

 
 
La ministra de Igualdad, Irene Montero, en el Congreso en octubre de 2020.© Juan Carlos Hidalgo (EFE) La ministra de Igualdad, Irene Montero, en el Congreso en octubre de 2020.

El Ministerio de Igualdad ya tiene listo el borrador de la Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans, una norma incluida en el acuerdo de Gobierno entre Unidas Podemos y PSOE que ha abierto una agria brecha en el movimiento feminista y entre los socios de Gobierno y que prevé cambios de calado para el colectivo. La principal es la conocida como libre autodeterminación de género, que supone que cualquier persona puede cambiar su nombre y sexo en el registro civil solo con una declaración expresa, a partir de los 16 años. Esa es también la edad límite que queda establecida para tomar las decisiones sobre tratamientos hormonales. La norma prevé el reconocimiento de las identidades no binarias —aquellas personas que no se sienten ni hombres ni mujeres— y la posibilidad de eliminar la mención al sexo en los documentos oficiales de estas. También abre el acceso a tratamientos reproductivos “a las personas trans con capacidad de gestar”.

La oposición de parte del feminismo a esta norma —entre ellas, algunas representantes históricas del movimiento más cercanas al PSOE— ha abierto una brecha entre los socios de Gobierno. En verano, un argumentario del PSOE, firmado entre otros por la vicepresidenta Carmen Calvo, alertaba de los mismos riesgos que subrayan ahora algunas feministas históricas, como el de que la nueva ley conlleve el “borrado de las mujeres” y que llevan meses alertando sobre nociones “problemáticas” como la autodeterminación de género. Opinan que este reconocimiento puede introducir “conceptos ambiguos y jurídicamente inseguros” que modifican lo que se entiende por sexo, género, identidad o igualdad..

El Ministerio de Igualdad lleva meses de reuniones con distintos colectivos LGTBI y trans para tratar los pormenores de la futura ley, cuyo borradro se basa en una iniciativa presentada por Unidas Podemos en 2017 y también en una ponencia de la Comisión de Justicia publicada en marzo de 2019, impulsada por el propio PSOE y respaldada por unanimidad. Hace una semana se reunieron la ministra de Igualdad, Irene Montero, y la vicepresidenta del Gobierno, Carmen Calvo, para abordar el desarrollo de estapropuesta y de la ley LGTBI. Desde el entorno de Montero, aseguran que esperan iniciar el trámite legislativo de la ley trans, llevarlo al Consejo de Ministros, ya en la primera quincena de febrero. Desde el entorno de la vicepresidenta, no dieron fecha de cuándo echará a andar la tramitación. Estas son las claves del borrador, al que ha tenido acceso este periódico:

Libre determinación de la identidad de género. España permite cambiar nombre y sexo en el DNI sin necesidad de una operación quirúrgica de los genitales desde 2007. Lo que sí se requiere para el cambio de sexo en el DNI es un informe médico o psicológico y al menos dos años de tratamiento hormonal. La nueva norma elimina el requisito de ese diagnóstico de la disforia de género “siendo suficiente la libre declaración de la persona interesada” a partir de los 16 años de edad. El cambio de sexo en el registro “no precisa de más requisitos que la declaración expresa” de la persona interesada. No hará falta prueba psicológica ni médica para que se cambie el nombre y la mención relativa al sexo en todos los registros y documentos administrativos, ni tampoco “modificación de la apariencia o función corporal de la persona a través de procedimientos médicos, quirúrgicos o de otra índole”. Los trámites “estarán exentos de costes o tasas”, según el borrador. Y los llevará a cabo el encargado del registro civil. Este reconocimiento

Tratamientos hormonales y menores. En el caso de menores, el borrador de la ley contempla primero un tratamiento de bloqueo hormonal “al inicio de la pubertad” para ayudar a frenar el desarrollo de los pechos o de la barba y la nuez. Y, con posterioridad, el tratamiento hormonal cruzado (testosterona para chicos transexuales y estrógenos para chicas transexuales). El consentimiento informado se podrá prestar a partir de los 16 años.

Un defensor judicial. A partir de los 16 años, la última palabra para cambiar el sexo y el nombre en el DNI la tendrá cada pesona. Este cambio se basa en un pronunciamiento del Tribunal Constitucional de 2019, que estableció que podrán acogerse a esta opción los jóvenes que cuenten con la “suficiente madurez y se encuentren en una situación estable de transexualidad”. Hasta entonces, solo se podía hacer a partir de los 18 años.

Pero para los menores de 12 a 16 años que quieran hacer el cambio registral deberán hacerlo a través de sus representantes legales, normalmente a través de la familia. Pero si no están de acuerdo, se nombrará a “un defensor judicial”.

Todos los derechos inherentes, pero no retroactivo. Ese cambio registral, pedir ser considerado como el hombre o la mujer que la persona se sienta, “permitirá a la persona ejercer todos los derechos inherentes a su nueva condición”, señala el artículo 14. Incluye una salvedad que responde, en parte, a los miedos manifestados por la parte del feminismo que mira con recelo esta normativa. “No alterará la titularidad de los derechos y obligaciones jurídicas que pudieran corresponder a la persona con anterioridad a la inscripción del cambio registral”, señala el borrador, que solo hace mención expresa a una: “en particular” a la Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

Reconocimiento de las personas no binarias. “Por primera vez en nuestro ordenamiento jurídico, se prevé que las personas interesadas puedan solicitar que sus documentos oficiales de identificación omitan la mención relativa al sexo”, señala el borrador. Añade: “Se pretende dar satisfacción a las demandas de una parte de la población que no se identifica ni con el género masculino ni con el femenino”. Según el borrador, corresponde al Ministerio de Interior “omitir la mención relativa al sexo”. El Gobierno “remitirá en un año a las Cortes Generales un informe sobre las eventuales modificaciones normativas derivadas “en su caso” de reconocer a las personas no binarias.

Tratamientos de reproducción asistida. Las personas trans “con capacidad de gestar” tendrán acceso a las técnicas de reproducción asistida. Se contempla también “la posibilidad real y efectiva” de acceder a las técnicas de congelación de tejido gonadal y de células reproductivas en personas que se sometan a tratamientos hormonales.

Prácticas deportivas. En prácticas, eventos y competiciones deportivos, las personas trans participarán “atendiendo a su sexo registral” y estarán prohibidas las pruebas “de verificación del sexo”, según el borrador.

Cárceles. Las personas privadas de libertad “tienen derecho a ser tratadas y separadas conforme a su sexo registral”, contempla el borrador, salvo que esa misma persona considere que eso pueda poner “en riesgo su vida o integridad”.

Extranjeros. El borrador de la normal también reconoce “el derecho a la identidad de género” a los extranjeros residentes en España, “con independencia de su situación administrativa”.

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